Además de la contratación típica notarial (ventas, préstamos, herencias, sociedades, pólizas, urbanismo, etc.) nuestro desempeño diario, como notariado gallego que ejercemos, son las instituciones habituales del Derecho de Galicia: Los Testamentos Mancomunados (si los cambia uno de los esposos, se notifica al otro); Las Partijas por Mayoría (por acuerdo de mayoría de herederos, aunque existan discrepantes); Los Pactos Sucesorios de Apartación o Mejora (herencia “en vida”); el Vitalicio (cesión de bienes por cuidados y afecto); el Heredamiento “A quien me cuide” (con verificación de los cuidados); el Heredamiento libre a favor del heredero elegido, sea o no hijo, etc. En particular, habiendo instituciones gallegas análogas al matrimonio, se cuida en especial el contrato matrimonial: posibilidad o no de pensión o compensación económica caso de disolución; previsiones sobre asignación de la vivienda, etc. Aceptamos y entendemos documentos en francés e inglés (naturalmente nos sentimos orgullosos de las dos lenguas propias) y nos esforzamos en expertizar documentos en derechos extranjeros, en especial los de aquellos países donde hemos emigrado. Atendemos sin compromiso alguno consultas de Comunidades (mayorías) y Bancos (claúsulas abusivas) de relevancia documental. En fin, que estamos encantados de colaborar con otros profesionales (abogados, fiscalistas, peritos…) en el desarrollo y ventaja práctica de nuestras instituciones de Galicia, que para nosotros son y serán siempre la primera opción.