DESCALIFICACIÓN VPO/VPA

Respuesta a consulta on-line

La Ley de Vivienda de Galicia en su artículo 58 autoriza en situaciones excepcionales (como la actual, de falta de demanda por la crisis) “la excepción del requisito de acceso a las viviendas protegidas”, procediéndose a la devolución de las ayudas correspondientes a esas viviendas. Una vez descalificada, se puede vender libremente. Ahora bien, hay que tener en cuenta dos requisitos:

1)      Que la vivienda se destine a domicilio habitual y permanente. Por ejemplo, no sería apto un comprador que tuviese otra VPA, ya que sólo hay un domicilio.

2)      Que se mantengan los precios máximos de venta o renta durante la vigencia del régimen de protección. Debes consultar en la Xunta dichos topes en venta o alquiler.

By | 2017-03-17T09:03:27+02:00 marzo 17th, 2017|Notaria Enrique Rajoy|Comentarios desactivados en DESCALIFICACIÓN VPO/VPA