Qué cosa más bonita que la generosidad con los hijos. Si uno se apaña con la pensión y/o los ahorros, no hay mejor terapia para la conciencia. Yendo al grano,
Las 3 opciones para darle cosas a los hijos son:
1.-DONACIÓN: Tributa un 5% hasta un máximo de 200.000 euros, el exceso al 7%. O sea, por los 200.000, se pagan 10.000 euros. Pero están exentos de pago 60.000 euros por cada padre (120.000 por los dos), si se los dan al hijo para adquirir su primera vivienda.
¡OJO!, si no se dice nada, se imputa a la herencia del favorecido. Pero, en la escritura de donación también se puede decir que se hace «a mayores de la herencia».
Inconveniente en donación de fincas: Los padres devengan concepto “ganancia patrimonial” en el IRPF.
2.-PACTO DE MEJORA CON ENTREGA DE BIENES: No se paga nada si lo que se adjudica “en vida” no excede de 400.000 euros por cada padre, o sea 800.000 euros por los dos padres, y eso para cada hijo (o descendiente). Existen exenciones adicionales, a consultar. La palabra «mejora» lo único que quiere decir es que lo que se da es «a mayores» de la herencia. No confundir con el antiguo «Tercio de Mejora»; en Galicia no existen tercios (ni de legítima, ni de mejora, ni de libre disposición) y se puede dar todo lo que uno quiera.
Las dos ventajas que le hacen el pacto más popular son: 1ª) No se aplica IRPF a los transmitentes (padres, abuelos…); 2ª) Es de una sencillez extrema: solo requiere un ascendiente, un descendiente y un bien que le quiera heredar “en vida” (piso, dinero…)
3.-APARTACIÓN: Se aplica también la exención de los 800.000. Y, lo mismo que antes, tampoco genera IRPF para el transmitente.
¡OJO! Aunque Apartación quiere decir «pago» de la deuda legitimaria (los padres «deben» a sus hijos la cuarta parte del valor de sus bienes), la Ley prevé que sea válida, cualquiera que sea la cantidad. Por ejemplo un padre tiene una fortuna de 100.000 euros y un solo hijo. La deuda (25%) sería de 25.000 euros, pero puede darse por saldada (o sea, por pagado el hijo) con solo 1.000 euros, estando ambos de acuerdo.
Inconveniente: Es más complejo que la “Mejora”: genera dudas de si el hijo queda desheredado, si se descuenta algo en la herencia, si hay que retocar el testamento…
4.-¿COMO SE VALORAN LAS COSAS? Pues según lo que indica la página de valoraciones virtuales de la Facenda Galega, que se consulta por internet. Como en algunos casos es necesario acceder al Catastro y puede haber dificultades, vaya a la propia Facenda o a cualquier Notaria donde se lo harán gratuitamente con mucho gusto.