PODERES ON LINE, AJUSTES CONYUGALES DE CUOTAS….

Por orden de llegada:
*No se pueden hacer poderes on line; es preciso comparecer ante notario o cónsul, entre otras cosas, para que aprecie la capacidad y libertad de la persona.

*Los esposos en régimen de separación pueden transmitirse cuotas de un bien para ajustar la propiedad a sus respectivas inversiones, sea a título gratuito (impuesto un 5% en Galicia o Cataluña en bases moderadas) u oneroso (impuesto un 10% en dichas comunidades); en estos 2 casos, además, al transmitente le aplicarán IRPF por la “ganancia”. También suele utilizarse el pacto sucesorio, que está exento tanto de IRPF en el transmitente, como del impuesto autonómico (sucesiones) en el adquirente, si la base baja del mínimo exento (1.000.000 en Galicia, creo que 100.000 en Cataluña).
Si no es vd. gallego repase los datos fiscales en su comunidad: puede que no los tenga actualizados.

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By | 2019-12-31T09:12:46+02:00 diciembre 31st, 2019|Notaria Enrique Rajoy|Comentarios desactivados en PODERES ON LINE, AJUSTES CONYUGALES DE CUOTAS….